Cuando tenemos un hijo, además de muchas otras, una de las preguntas que se hacen los padres es si pueden beneficiarse de la baja por paternidad.
Para poder beneficiarse de la baja por paternidad el primer requisito es cotizar a la Seguridad Social. Si se cotiza, no solo se tiene derecho a unos días de no trabajar durante un determinado espacio de tiempo, sino también a un subsidio que cobran los padres.
Los padres pueden beneficiarse de este sueldo, además de los días libres, en el caso de nacimiento de un hijo, como si se realiza una adopción o acogimiento, ya sea preadoptivo, permanente o simple. Eso sí, siempre que se reúnan los requisitos que se demandan.
En caso de la adopción o acogimiento en cualquiera de sus variantes, sólo puede disfrutar de este permiso uno de los progenitores, a convenir entre ellos.
En caso de nacimiento, el período de baja por paternidad es de 13 días, que se pueden disfrutar ininterrumpidamente y tras el día de parto y el siguiente.
Los días pueden ampliarse: A partir del segundo hijo, cada baja se podrá ampliar dos días más. Y en caso de alguna discapacidad, también podrán ampliarse.
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Para la tramitación, debe comunicar a la empresa que se va a solicitar la baja; y que esos días los paga la Seguridad Social. En la empresa facilitarán un papel que a su vez, el solicitante deberá entregar en las oficinas de la Seguridad Social.